¿Cuándo necesito un seguro de barco?

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La navegación es una actividad que cuenta con multitud de adeptos. Sin embargo, puesto que entraña cierto riesgo y no deja de ser un vehículo de transporte, hay que cumplir con una serie de normativas. Una de ellas hace referencia a la obligatoriedad de contar con un seguro de barco. Pero, ¿es necesario en todos los casos? En este artículo te contamos cuándo debes tenerlo.

Índice

¿Qué es y para qué sirve el seguro de barco?

Los seguros de embarcaciones tienen como finalidad proteger tanto a la embarcación como a la persona propietaria ante los posibles riesgos y eventualidades relacionadas con la navegación. Además, actúa como una cobertura financiera y protección legal en caso de daños a la embarcación, lesiones a personas a bordo o a terceros, robo, responsabilidad civil y otros incidentes que puedan ocurrir durante la navegación.

Por lo tanto, un seguro de barcos brinda tranquilidad y garantiza que la persona asegurada esté protegida contra los riesgos asociados con navegar. Las coberturas principales que se incluyen suelen ser las siguientes:

– Daños. El seguro de barco cubre los daños causados a la embarcación por eventos como colisiones, incendios, tormentas, inundaciones u otros accidentes. Esto puede incluir los gastos de reparación o reemplazo de la embarcación, motores y equipos relacionados.

– Responsabilidad civil. El seguro de barco ofrece protección cuando la persona que opera la embarcación es responsable de daños a terceros o sus propiedades. Aquí entrarían los gastos legales y la compensación por lesiones personales, daños materiales o pérdidas económicas que estén causadas por accidentes relacionados con la embarcación.

– Robo y vandalismo. El seguro de barco puede cubrir el robo total o parcial de la embarcación, así como los daños causados por actos de vandalismo o robos a bordo.

– Protección de lesiones personales. Si las personas a bordo de la embarcación sufrieran una lesión, se cubrirían los gastos médicos, la atención hospitalaria, la pérdida de ingresos y otros costes relacionados.

¿Cuándo se necesita un seguro de barco?

Hemos visto cuáles son las coberturas que se suelen incluir en un seguro de baro. Pero, ¿es siempre necesario para todos los tipos de embarcaciones y situaciones? La respuesta es que no, y para saber en qué ocasiones sí que debemos contar con una póliza hay que dirigirse a las normativas.

El Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, es el que aprueba el Reglamento del seguro de responsabilidad civil de navegantes deportivos y el seguro de embarcaciones de recreo. Este es de suscripción obligatoria; no obstante, sigue habiendo algunas particularidades con respecto a quién lo necesita y quién no.

De acuerdo con esta regulación, en nuestro país existe la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil marítima para embarcaciones propulsadas a motor que tengan más de 6 metros de eslora. Esta obligación legal se enfoca en proteger a terceros en caso de daños causados por estas embarcaciones.

En palabras textuales del artículo 2, “tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan una eslora superior a seis metros”.

¿Y qué hay del resto de embarcaciones? No existe la obligación de contratar una póliza específica para los barcos de vela ligera, sin motor o con esloras que no alcancen los 6 metros. Pero si bien no es un requisito para navegar, sigue siendo recomendable contar con esta protección de cara a cubrir los posibles daños a las personas ocupantes, a otras e incluso a navíos.

En todos estos casos, el seguro de barco que se requiere debe contar con las coberturas mínimas, como la responsabilidad civil. Sin embargo, en algunos tipos de embarcaciones se pueden exigir otras coberturas específicas.

¿Y qué sucede si no tengo un seguro de barco?

No contar con el seguro de veleros o equivalente obligatorio es considerado una infracción grave según la normativa. Además de la sanción que puede implicar, estar en disposición de la póliza es un requisito para poder amarrar la embarcación en los puertos deportivos.

Hay que tener en cuenta que si se produjera un incidente que ocasionase daños personales o materiales y el navío no contase con el seguro básico de responsabilidad civil, tendría que hacerse cargo de dichos daños, pero también de la sanción.

Si se desea navegar con una mayor protección, además de la responsabilidad civil se pueden incluir otras coberturas complementarias. Estas son la ampliación de aquella, la remoción de los restos del buque, la cobertura de gastos de remolque, los accidentes personales a quienes van en la embarcación o la indemnización por los daños materiales en esta.

Sea cual sea el tipo de embarcación con la que cuentes, en Segurea tenemos una cobertura específica para ti. Nuestro seguro de embarcaciones de recreo y cascos abarca desde la responsabilidad civil básica hasta la protección integral. Contacta con nosotros y te asesoraremos.

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