Normativa Patinetes Eléctricos Valencia

Normativa Patinetes Eléctricos Valencia

Si eres uno de los miles de usuarios que se han sumado a la moda de los patinetes eléctricos y circulas por las calles de Valencia esto te interesa. En este artículo te detallamos los puntos más importantes de la normativa sobre patinetes eléctricos aprobada en Valencia.

Aunque en muchos consistorios continúa habiendo un vacío legal al respecto, hay varios ayuntamientos que ya han aprobado normativas específicas para el uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad sostenible, como Barcelona y Madrid, muchos otros están redactando sus respectivos borradores que verán la luz a lo largo de 2019. En este caso hablamos de la normativa aprobada para circular por Valencia.

Índice

Nueva normativa sobre patinetes eléctricos publicada en Valencia

Giuseppe Grezzi (Concejal de Movilidad Sostenible de Valencia) presentó el pasado mes de octubre el borrador de esta normativa. El uso de los patinetes eléctricos se regulaba “en la misma línea” que sigue la normativa sobre bicicletas. El borrador regulaba la circulación de estos vehículos en función de su potencia. El 23 de enero de 2019 quedó aprobada la ordenanza de movilidad por el pleno de Valencia, se publicó el 17 de mayo del 2019 y es aplicable a partir del 8 de junio del 2019 .  

En general los patinetes eléctricos tendrán prohibido el paso por las aceras y calles delimitadas a 50 km/h. Podrán circular por el carril bici, ciclocalles, zonas residenciales y en “espacios peatonales donde estén legalizados”. Cuando circulen por las zonas permitidas, lo hará por su derecha debiendo avisar con tiempo cada maniobra que se vaya a realizar. Las indicaciones de los semáforos generales así como los exclusivos para bicicletas deben ser respetados para los conductores de los patinetes eléctricos.
Se establecen 4 categorías de patinetes eléctricos (A, B, C1, C2), de las que destacan la A y la B por ser los más comunes.

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Normativa Patinetes Eléctricos Valencia Tipo A

Son patinetes eléctricos de tamaño más pequeño y más ligeros. Pueden alcanzar hasta 20 km/h y pesar hasta 25 kilos. En este tipo de patinetes el timbre y el casco no son obligatorios, pero sí recomendables.

Zonas donde se permite su circulación:

  • Podrán circular por los carriles bus o carriles bici a cota de calzada con una velocidad máxima de 20 km/h.
  • Carriles bici marcados sobre las acera o en las aceras bici con una velocidad máxima de 15 km/h.
  • Calzada de ciclocalles o vías tanto de sentido único como de varios carriles de circulación, señalizadas con una velocidad máxima de circulación de 30 km/h, pero sin circular a una velocidad anormalmente reducida.
  • En parques a una velocidad máxima de 10 km/h.
  • Calles residenciales a un máximo de 20 km/h.
  • Calles peatonales, se circulará con una velocidad máxima de 10 km/h y respetando una distancia mínima de 1 metro con los peatones. En el caso de no ser posible respetar esta distancia, el conductor del patinete eléctrico deberá bajar del vehículo y seguir el trayecto andando.

Normativa Patinetes Eléctricos Valencia Tipo B

Son patinetes eléctricos de mayor tamaño y peso que superen los 20 km/h. El uso del casco será obligatorio así como el timbre, los frenos, las luces tanto trasera como delantera y catadióptricos. Podrán circular en las mismas zonas y condiciones que los patinetes tipo A (excepto en zonas peatonales donde está prohibida su circulación).

Podrán circular por ciclocalles de 20 km/h o 30 km/h y moverse con libertad en calles de un solo carril y de un solo carril por sentido. El consistorio pretende convertir todas estas travesías en calles de velocidad reducida a 30Km/h.

Condiciones generales y puntos destacados de la normativa

  • No se permite la circulación de los patinetes por las aceras.
  • En caso de conducir por la noche o en condiciones de baja visibilidad, en vías interurbanas, será obligatorio el uso de una prenda reflectante, fuera de estos límites solo será recomendable.
  • Los patinetes de tipo A y B tienen una capacidad máxima de 1 plaza en cada patinete eléctrico.
  • La normativa prioriza a los peatones y luego al transporte público, por tanto, con aglomeraciones de gente los usuarios deberán bajar de los patinetes como lo hacen las bicicletas.
  • Se prohíbe transitar por aceras, plazas y paseos.
  • El uso de los cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, así como el uso de dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro aparato en el que sea necesario el uso de las manos para su funcionamiento, no podrá ser utilizado durante la conducción.
  • Debe respetarse siempre el número de ocupantes máximo de las plazas de los patinetes eléctricos. Está prohibido circular con más ocupantes de las plazas permitidas.

Existe una excepción, los niños menores de 16 años solo podrán utilizar los patinetes eléctricos cuando sean adecuados a su edad, altura y peso, siempre y cuando no utilicen las zonas de circulación, en este caso se permite la circulación por las aceras, las zonas en espacios cerrados al tráfico y siempre deben estar acompañados bajo la responsabilidad de las personas progenitoras o tutoras.

Además se prohíbe la “práctica de juegos, exhibiciones o demostraciones que causen a los viandantes molestias o riesgos o disminuyan las posibilidades de utilización del espacio público por parte de otros ciudadanos”.

En el caso que los grupos de turistas utilicen vehículos de movilidad personal (VMP) o bicicletas (cuando se desplacen por la ciudad), se permite un máximo de 15 personas juntas. En caso de ser más personas en el grupo deberá fraccionarse para no interrumpir la marcha de los viandantes y respetar una distancia mínima de 50 metros entre ellos. En el grupo de más de 6 personas deberán ir acompañadas por una guía con conocimiento de la red ciclista y evitar detenerse en el carril bici para no obstaculizar la circulación.

Sanciones que se establecen por infracciones para los conductores de patinetes eléctricos

Se establecen una serie de multas que serán más o menos elevadas dependiendo de si las infracciones cometidas son leves, graves y muy graves.

Las infracciones leves tienen sanciones de hasta 100 euros y son las siguientes:

  • Cualquier acción y omisión que deriven en un quebrantamiento de las prohibiciones y obligaciones en las normas de bicicletas, VMP y ciclos de transporte.

Las infracciones graves tienen sanciones desde 101 hasta 200 euros y son las siguientes:

  • Incumplir las normas de limitación de velocidad, cuando no sea superior al 50% del límite señalado, en ese caso se considerará infracción muy grave.
  • Conducir de forma desconsiderada.
  • Conducir siendo menor de 16 años y no ir acompañado de un adulto.
  • Que el patinete no cumpla con los requisitos técnicos y/o de circulación exigidos.
  • El patinete está modificado para superar las características técnicas acorde a su categoría (Tipo A, Tipo B, Tipo C)
  • Conducir por zonas prohibidas.

Las infracciones muy graves tienen sanciones desde 201 hasta 500 euros y son las siguientes:

  • Conducir con un exceso de velocidad superior al 50% del límite autorizado.
  • Circular temerariamente.
  • Conducir de forma que se ponga en peligro la seguridad de los viandantes o los demás usuarios de la misma vía.
  • Conducir con tasas superiores a las permitidas en alcohol (0,25 miligramos por litro en aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre) o bajo los efectos de las drogas.
  • Carecer de seguro de responsabilidad civil, cuando sea obligatorio.

Estacionamiento de los patinetes eléctricos

Los patinetes eléctricos deben estacionar en los aparcabicis, a no ser que no existan sitios disponibles a 50 metros de los aparcabicis, se permitirá que se amarren a los elementos del mobiliario urbano, como pueden ser las farolas, pero nunca se podrán atar a los árboles. El estacionamiento estará limitado por un tiempo máximo de 72 horas en el mismo sitio.

Si por el contrario se necesita dejar los patinetes en las aceras, deberán dejarse de forma oblicua al bordillo, permitiendo el paso entre la acera y la calzada ocupando un espacio de 2 metros como máximo, siempre que la acera tenga más de 1,80 metros de ancho.

Estado y plazos de la normativa de Valencia

El Ayuntamiento aprobó el pasado 30 de noviembre de 2018 la normativa para recibir las alegaciones de los grupos municipales y del público. Después la ordenanza tuvo un plazo de exposición de 10 días para que los grupos municipales presentarán sus alegaciones.

El 23 de enero de 2019 el nuevo proyecto, que incluye las enmiendas y otras modificaciones realizadas al primer borrador por parte de los grupos municipales y las entidades asistentes a la Mesa de la Movilidad Sostenible (realizada el 12 de diciembre), fue aprobado en el pleno de Valencia. Ahora pasa a fase de exposición pública para que particulares o entidades presenten alegaciones, por lo que habrá otro periodo de 30 días para vecinos y entidades.

La ordenanza de movilidad de Valencia está aprobada y disponible desde el 17 de mayo del 2019 y puesta en vigor a partir del 9 de junio del 2019 para todo aquel que la quiera consultar en la web del ayuntamiento de Valencia.

¿Es obligatorio contratar un seguro para patinetes eléctricos?

El seguro de responsabilidad civil (con cobertura de daños a terceros) es recomendable, por el momento no es obligatorio en patinetes de uso privado. Este seguro si será obligatorio en patinetes de uso comercial como es el alquiler sin conductor. Aunque no es obligatorio si que es altamente recomendable, con o sin seguro si eres el culpable de un accidente deberás pagar los daños y gastos ocasionados en el mismo, tanto materiales como personales, la diferencia es que si tienes un seguro contratado será la aseguradora la que se haga cargo.

Para poder reclamar un robo, accidente, estacionamiento indebido o cualquier otro percance se debe registrar previamente el patinete eléctrico en el ayuntamiento aportando la marca, el modelo y el número de bastidor o serie.

Aunque para uso privado el seguro aún no es obligatorio, a finales del mes de octubre de 2018 la DGT y el Gobierno ya anunciaron que pretenden exigir un seguro a patinetes eléctricos y bicicletas para circular. Tendremos que estar atentos a la decisión que toma el gobierno, la ordenanza de la DGT y la norma final aprobada en los distintos ayuntamientos, entre ellos el de Valencia.

La DGT está preparando la regulación sobre la conducción de los patinetes eléctricos, aunque de momento no hay fecha que pueda determinar el cambio en la ley de vehículos, si ha adelantado una instrucción transitoria que puedes consultar en nuestro post sobre la normativa de los patinetes eléctricos.

La contratación de un seguro de patinetes eléctricos no supone un alto coste y merece la pena, ya que según marca el código civil, cualquier ciudadano debe responder por los daños que pueda ocasionar.  Si no tienes un seguro contratado y sufres un accidente con otra persona donde tú tengas la culpa, deberás pagar los daños causados y los gastos derivados del mismo de tu propio bolsillo. Un coste que puede ser muy elevado dependiendo de la gravedad del mismo.

Si quieres circular tranquilo te recomendamos nuestros Seguro para Patinetes Eléctricos y Seguro para Bicicletas Eléctricas, en ellos te cubrimos lo que realmente necesitas con una cobertura de daños a terceros de hasta 200.000 € (mucho mayor que la mayoría de compañías). Nuestro seguro es válido para todo tipo de patinetes, ya sean tipo A,B o C.

Para más información puedes consultar la normativa completa en la web del Ayuntamiento de Valencia.

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