En un post anterior hablábamos sobre las pensiones no contributivas, pero también es importante conocer un poco más de fondo cómo se calculan las pensiones contributivas para la jubilación y hacernos una idea de lo que podríamos percibir.
Para empezar vamos a explicar qué es la base reguladora que definirá la cantidad en función de los años cotizados y de la aportación a la seguridad social.
Índice
¿Qué es la base reguladora?
La base reguladora es un baremo que se utiliza para calcular las prestaciones que cualquier trabajador tiene derecho a obtener de la Seguridad Social. Esta prestación vendrá determinada según las bases de cotización del trabajadora en un determinado periodo de tiempo y la cuantía de la pensión se obtendrá según el porcentaje de esta misma base reguladora.
¿Es la misma base reguladora para todas las situaciones laborales?
La base reguladora está limitada por la base de cotización máxima y mínima que varían según el grupo profesional y que además, cambian cada año.
La base de cotización mínima corresponde con el Salario Mínimo Interprofesional y la base de cotización máxima se establece en base a un límite a partir del cual todos y cada uno de los trabajadores percibirán la misma pensión máxima.
La base reguladora variará según cada situación laboral
Cada situación de cada trabajador puede ser muy distinta, aunque se podrían obtener grupos de distinció.
La base reguladora se divide calculando el importe de la base de cotización del propio trabajador durante el mes previo a la solicitud de prestación entre el número de días a los que se refiere la cotización.
- Trabajador con salario mensual: Se calculará dividiendo entre 30
- Trabajador con salario diario: se calcularía dividiendo entre el número de días que tenga el mes en cuestión, 28, 29, 30 o 31 días.
Existen otras situaciones a tener en cuenta para calcular la base reguladora. Dependerá del estatus del trabajador en el momento de percibir su prestación económica.
- Trabajadores con varios empleos. Se tendrán en cuenta todas las bases de cotización de todas las empresas de las que el trabajador perciba una nómina de acuerdo a la aplicación del tope máximo que esté vigente en el momento de su cálculo.
- Trabajadores con contratos a tiempo parcial. Se dividirá la suma de las bases de cotización de sus empleos con un máximo de 3 meses antes de la solicitud de cotización dividido entre el número de días naturales que exista en el período de cotización.
- Trabajadores en contratos para la formación y el aprendizaje. Se calcula según la base mínima de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social.
- Trabajadores en contratos de personal profesional investigador en formación se calculará en base mínima correspondiente al grupo 1 del Régimen General de la Seguridad Social.
- Trabajadores de los sectores artísticos y profesionales taurinos. Para calcular la base reguladora será necesario dividir entre 365 la cotización anual total anterior al hecho causante de la baja. En caso de no llegar a este período de tiempo, se calculará con el promedio diario del período de cotización que se acredite.
- Trabajadores por cuenta ajena agrarios. La cuantía de la base reguladora deberá ser inferior al promedio mensual de la base de cotización correspondientes a los días trabajados durante los 12 meses anteriores.
- Trabajadores del hogar. Se divide la base de cotización que corresponda al mes anterior de la baja o jubilación entre 30.
¿Cómo ha cambiado la edad de jubilación en este 2021?
Este año 2021 han cambiado los requisitos de acceso a la jubilación aplicando las normas transitorias introducidas en la LGSS por la ley 21/2011. Estos cambios afectan en el retraso de la edad de jubilación y en su importe.
- La edad actual de jubilación se fija en 66 años, de los cuales al menos 15 años deben estar cotizados.
- En caso de acreditar 37 años y tres meses de jubilación se podría acceder a la jubilación a los 65 años.
- Para la jubilación anticipada, es necesario que la jubilación esté referenciada a la edad ordinaria de jubilación, es decir, se exige una edad inferior en 4 años a la edad ordinaria de jubilación, siempre y cuando se trate de una jubilación forzosa, e inferior a dos años cuando se quiera optar a una jubilación anticipada voluntaria.
- En caso de querer acceder a la jubilación anticipada, se ha modificado la edad en este 2021 exigiendo haber cumplido 62 años y acreditando al menos los 35 años y 3 meses cotizados o también accediendo con 63 años de edad y acreditando 33 años de cotización.
¿Cómo se calcula la base reguladora?
Para calcular la base reguladora en este año 2021 es necesario dividir por 336 la base de cotización de los 288 meses anteriores a la solicitud de la jubilación, deben ser los 288 meses inmediatamente anteriores. Se tomarán en consideración solo los últimos 24 años. A diferencia del año 2020 en que se tenía en cuenta los últimos 23 años.
Para optar al 100% de la base reguladora, aplicable desde el 1 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre del 2022, el trabajador debe tener un total de 36 años cotizados durante este período, la cuantía de la pensión de jubilación se calculará en base a los porcentajes que exponemos a continuación:
- Los 15 primeros años cotizados, un 50%
- Por cada mes adicional entre los meses 1 y 106, un 0,21%
- Por los 146 meses posteriores, un 0,19%
IMPORTANTE
Se ha anunciado que se prorrogará hasta el 31 de diciembre del 2021 la cláusula de Salvaguarda de la jubilación, es decir, se podrá acceder a la jubilación con los requisitos y condiciones previos a este nueva reforma, siempre y cuando las personas cuya relación laboral se hubiera extinguido antes del 1 de abril del 2013 y no hubieran quedado incluidos en ningún régimen de la Seguridad Social o que se hubiera extinguido o suspendido antes de esta fecha mediante convenios colectivos o expedientes de regulación de empleo.
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