Seguro de accidentes para autónomos: por qué es tan importante

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Según el informe de siniestralidad elaborado por el estado, cinco de cada mil profesionales autónomos han sufrido un accidente laboral en los seis primeros meses del 2019. 

La friolera de 15.696 es el número de accidentes que ha sufrido el colectivo. Es por ese motivo, que en los últimos años el seguro de accidentes ha ido cobrando cada vez cobra más importancia, por la cantidad de ventajas que ofrece al accidentado.

Pero, ¿qué es el seguro de accidentes y qué coberturas proporciona? El seguro de accidentes es perfecto para cubrir los costes derivados de un accidente personal, con la particularidad de que también puede cubrir los daños corporales del individuo en el ámbito de su vida privada y/o durante los traslados. 

Este seguro se contrata cada vez más por la tranquilidad que ofrece al asegurado ya que, según el mismo informe expedido por el estado, cada año se registra un mayor número de accidentes personales. Ante esta circunstancia la respuesta más idónea es procurar una respuesta rápida por parte de la aseguradora para actuar cuando se dan estas situaciones.  De esta forma, en caso de que sufras un accidente cuentas con un remanente económico y una ayuda los meses que te encuentres de baja.

Índice

¿El seguro de accidentes lo puede contratar cualquier persona?

El seguro de accidentes es interesante que lo contrate cualquier persona, por la protección que ofrece en caso de que ocurra algún accidente durante un momento personal para que no afecte a tu trabajo ni a tu rendimiento laboral. No obstante, este seguro está recomendado para aquellos empleados cuya principal actividad es desempeñar un trabajo físico, como puede ser un obrero, un pintor, un electricista, etc. Estas profesionales tienen un porcentaje de riesgo muy elevado de que ocurra algún accidente.

Seguro de accidentes para autónomos

Pero sin duda el seguro de accidentes a quien más beneficios le aporta por las circunstancias laborales en las que se encuentra dada su situación es al trabajador autónomo. Los autónomos son esos superhéroes de España, como ya hemos comentado en otras ocasiones, que si tienen una enfermedad y no tienen un seguro, no reciben ninguna indemnización.  Porque aunque normalmente un autónomo no deja de ir a trabajar por un simple resfriado ¿qué pasa si se rompe una mano?, ¿o un pie? No pueden ir a trabajar y muchos de los actuales autónomos deberán cerrar su negocio porque no tienen trabajadores asalariados y no pueden permitirse contratar a alguien durante su ausencia. 

Con el Seguro de accidentes de Segurea, tu seguro a medida, si estás en esa misma situación te pagamos la cantidad baremada para que puedas contratar a otra persona en tu lugar y así seguir con tu recuperación y con la tranquilidad que un trabajador podrá sacar tu empresa adelante hasta que tu vuelvas al trabajo.

Las ventajas de contratar este seguro son que puedes gozar de cobertura internacional, porque te cubre sin importar donde estés en el momento de suceso; las facilidades de pago que te ofrece que puedes hacer cada tres o seis meses; las diferentes modalidades que puedes añadir como la de invalidez o fallecimiento, para tener un seguro más completo si cabe; y por último, la revalorización anual, esto quiere decir, que el capital que asegures crece cada año.

Asimismo, en el caso de que se produzca un accidente en el entorno familiar este seguro cuenta con cobertura de asistencia familiar. Entre los servicios que incluye se encuentra el servicio a domicilio para personal sanitario, de limpieza de hogar o regreso anticipado de un viaje en el extranjero.

¿Cómo se bareman los accidentes?

Los baremos cambian todos los años. Por ese motivo es importante revisarlo en el momento en el que tengas que hacer uso de este seguro para tener claro qué cantidad te corresponde percibir según tus daño y en este sentido: 

  • Se contempla que un daño particular muy grave es el ingreso a la Unidad de Vigilancia Intensiva (UVI)
  • El daño particular grave es cuando existe una hospitalización
  • Particular moderado, si hay baja laboral
  • Personal básico, cuando es necesaria la rehabilitación

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